lunes, 30 de abril de 2012

El 1 de mayo en tiempos de crisis.


El primero de mayo es algo más que un día no laboral, un día festivo. Representa la necesidad de rememorar las circunstancias y sacrificios que ha experimentado la clase trabajadora (hoy en día la generalidad de la ciudadanía, sin más) para poder obtener y conservar condiciones de trabajo dignas que permitan desarrollar una vida razonablemente acorde a lo que se considera tal.
Especialmente tras la asunción completa por parte del occidente europeo de un modelo económico que distribuye los bienes esenciales para la comunidad, los bienes esenciales para el desarrollo de la la vida humana, mediante un sistema como el del mercado que deja fuera de él a numerosos ciudadanos, y que incluso a los que incluye no les es capaz de satisfacer determinadas necesidades humanas.
La exposición del debate sobre la dialéctica mercado y trabajo excede, con mucho además, lo pretendido por esta simple nota, que no es otra cosa que exponer algunas obviedades sobre el derecho del trabajo en la economía de mercado. Obviedades muchas veces necesarias de recuerdo por todos, especialmente en un día como hoy.
          - El trabajo no sólo no es una mercancía -como reiteradamente proclamamos siguiendo a la OIT-, sino que debe huirse de la aplicación al mismo de argumentos que lo justifiquen únicamente en orden a determinadas consideraciones productivas.
     - Parece razonable asumir, en este sentido, que determinados trabajos, determinadas actividades productivas, no pueden generar beneficios a quienes las organicen y presten.
        - Ello nos lleva a considerar que parte del salario abonado por ellas no se justifica en orden a la productividad intrínseca que genera, ajenidad en la terminología más clásica de aprovechamiento patrimonial del esfuerzo productivo del trabajador. Su justificación viene dada por otras consideraciones, relacionadas con la necesidad social de prestar la actividad, o los beneficios potenciales y sociales que generan. 
       En estos momento de ataques furibundos e injustificados contra los sindicatos y la responsabilidad constitucional que tienen encomendada es necesario afirmar, sin ambages:
                   - Que el derecho del trabajo es colectivos, que no puede ser de otra manera, y que si pierde esta condición o particularidad se convierte en un mero apéndice del derecho civil, o privado general.
             - Que la negociación colectiva es una pieza fundamental en el sistema democrático de relaciones laborales, y que una pérdida de potencialidad de su eficacia quiebra la lógica del modelo constitucional de relaciones de trabajo.
                  - Que la utilización de los mecanismos de conflictos colectivos y huelga por parte de los trabajadores es no sólo legítimo, sino el ejercicio de un derecho fundamental, frente al derecho al trabajo, mero derecho de segundo orden dentro de la prelación que de los mismos establece la Constitución.
     Ahora bien, el modelo laboral puede cambiar y dicho cambio no es ilegítimo. No hay una especie de presunción iuris tantum de ilegalidad por modificar las normas laborales. Aunque no es viable en términos de progreso social, nada impide técnicamente que derechos consolidados de los trabajadores puedan verse alterados. Incluso que éstos en términos laborales sean empeorados.
     Las reglas jurídicas por las que se regula el trabajo asalariado son, en este sentido, como las que regulan la enfiteusis o el comodato. Pueden, en este sentido, ser modificadas por el legislador sin tener que encontrar una suerte de legitimación de los destinatarios de la norma, como a menudo se reclama de manera poco razonable.
     El respeto a los derechos colectivos no puede cosificar el funcionamiento actual del sistema sindical.   La pretensión de los que reclaman un funcionamiento diferente del sistema institucional colectivo no pretenden un ataque al mismo, sino a determinados y concretos fundamentos de su institucionalización. No son esquiroles indecentes que responden a oscuros intereses, frente a los puros y desinteresados defensores del status quo que pretenden mantener las cosas tal y como están por amor a la tradición. 
     En todo caso es legítimo preguntarse qué debe cambiar en el sistema de relaciones colectivas de trabajo, y nada hay de malo en afirmar que algunos aspectos del mismo son manifiestamente mejorables.

sábado, 28 de abril de 2012

El Profesor Sempere Navarro imparte una conferencia sobre Nacionalsindicalismo y Relación de Trabajo

 

En el ciclo de conferencias sobre Memoria Hístórica y Legislación Laboral, el Profesor Sempere Navarro  impartió una ponencia sobre la configuración ideológica y política del contrato de trabajo en la dictadura franquista.






sábado, 21 de abril de 2012

Conferencia de Bernardo García sobre el movimiento sindical en el franquismo



     Bernardo Gárcía es abogado de UGT, y Profesor Asociado de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid.
     Gran estudioso del movimiento sindical en el franquismo, especialmente del asturiano, departío sobre cómo se coordinó la actividad colectiva en aquellos años, degranando los hitos más importantes de aquel devenir, especialmente aquellos en los que la huelga fue su manifestación más clara.
     Esta conferencia se enmarca en el ciclo dedicado a la Memoria Histórica y la legislación laboral que se están desarrollando en la Facultad de Derecho durante los meses de abril y mayo.

viernes, 20 de abril de 2012

Nicolás Redondo Urbieta inagura las Jornadas de Derecho Laboral y Memoria HIstórica

 
Tuve conocimiento de la figura de Nicolás Redondo mucho antes de conocerle personalmente.
Desde bien temprano seguí la pista de quién era, a qué se dedicaba y cómo lo hacía…
Concretamente desde que leí a temprana edad el libro que Juan Antonio Pérez Mateos había escrito: Los Confinados (Plaza y Janés, Barcelona, 1976), y que regalo a mi padre, gran amigo suyo de juventud.
En esta obra, típica de la transición política por su formato y diseño, interior y exterior, se analizaban los personajes históricos que había sufrido el exilio interior en tres períodos del siglo XX: la dictadura de Primo de Rivera, la Segunda República y el Franquismo.
Eran los confinados, los desterrados de su vida, de su tierra… de su obra. Desde Unamuno al Propio Nicolas, pasando por Jiménez de Asúa y Cossío, hasta llegar a los más recientes Peces Barba, Raúl Morodo, Elías Diaz o Oscar Alzaga. Todos ellos figuras descollantes de la vida pública nacional, y unidos por ese lazo común de heterodoxia que caracteriza genéticamente los contestarios del poder, muy en la línea de aquello que decía el Bertoll Brech más juvenil: “en la medida en que ellos tiene el poder, nosotros tenemos la razón”.
Y me llamó la atención la figura de Nicolas Redondo no porque se despertasen en mi tempranas inquietudes sociales. Mentiría si así lo afirmara. Era algo más prosaico. Era que había sido confinado, junto con Ramal Rubial, a Extremadura, a las Hurdes, él a Caminomorisco, y Nicolás a las Mestas. Y esa circunstancia llamo mi atención.
Esta circunstancia me hizo valorar con el tiempo más su figura. Un hombre preeminente, asumiendo su destino (por trágico que este pudiera ser) sin doblegarse ante el poder injusto y arbitrario es digno de encomio. Pocos hay ya de esta raza. Pocos quedan. Pocos lo fueron de verdad.
Su biografía es más extensa, naturalmente, y para que la conozcan los más jóvenes para quien su figura no ha estado siempre presente se expone someramente
Nacido en Baracaldo y afiliado al PSOE y a la UGT en 1945, en la etapa más dura del régimen.
Tras detenciones varias debido a sus actividades sindicales y políticas se incorpora a la dirección del PSOE en 1972. En 1974 en el Congreso de Suresnes no se presenta para ser el Secretario General del PSOE dejando paso a quien todos sabemos.
En 1976 fue elegido Secretario General de la UGT, cargo que ostentó hasta 1994. Durante cuatro legislaturas fue Diputado por Vizcaya en el Congreso de los Diputados: 1977, 1979, 1982 y 1986.
En 1987 renunció a su acta de diputado tras mostrar su discrepancia con la política socio laboral de los Gobiernos de Felipe González.
En diciembre de 1988 convocó, junto a Comisiones Obreras, la huelga general del 14 de diciembre, la más exitosa de las protestas de este tipo hasta el día de hoy.
Más allá de estos datos, y antes de dar la palabra a Francisco Capilla, Secretario General de UGT en Extremadura, para que nos haga una semblanza sindical del conferenciante, me gustaría terminar mi presentación subrayando tres momentos históricos que ha presenciado de primera mano Nicolas Redondo y sobre los que puede dar buena cuenta, pues no en vano fue protagonista en alguno de ellos:
- En la resistencia sindical y política al franquismo.
- En el proceso de asunción completa de la socialdemocraria por el partido socialista, separándose de la ortodoxia marxista más cerrada a principios y mediados de los setenta.
- Y en la transición política española al régimen constitucional de libertades que actualmente disfrutamos

viernes, 13 de abril de 2012

Extremadura: Dodge City (laboral...)

     IU en Extremadura planteó una iniciativa en el Parlamento de Mérida para que "el sector público extremeño sea 'zona libre' de reforma laboral, es decir, que no se aplique ni en la administración regional ni en las empresas públicas".
     Dicha inicitiva fue votada el 12 de abril en el Parlamento emeritense y se aprobó con los votos favorables de la propia IU y el PSOE. En contra voto el grupo parlamentario popular.

     Los medios de comunicación han recogido la noticia con bastante pulcritud:
         - ABC: http://www.abc.es/videos-espana/20120412/pide-extremadura-zona-libre-1558879459001.html  (con video del ponente de IU muy instructivo)

     La Propuesta es la siguiente: Propuesta de Impulso ante el Pleno 33/VIII (PDIP-38), instando al Gobierno de Extremadura a no implantar ni en la Administración regional ni en las empresas públicas de Extremadura las nuevas medidas que sobre relaciones laborales establece el Real Decreto-Ley 3/2011, y a dar prioridad en la contratación de obras y servicios a las empresas que se comprometan con un código de buenas prácticas y responsabilidad social; formulada por la Agrupación de Diputados de Izquierda Unida-Verdes-Socialistas Independientes por Extremadura (IU-V-SIEX) (R.E. nº 2.646).]

     Llama la atención dicha inicitiva por varias circunstancias, formales y materiales.
    Las primeras, menos importantes, por la falta absoluta de claridad en la exposición de su inicitiva. Más que no se aplique la reforma laboral, lo que se pretende es que no se utilicen los recursos que ella patrocina en un reducido ámbito: el de las Administraciones Públicas en Extremadura, que es bien diferente. Parece claro, se mire como se mire, que la comunicación no es el fuerte de este partido político, porque la iniciativa tiene intríngulis, y plantea no pocos problemas en cuanto a su concreción práctica, pero su exposición pública no ha sido muy bien trabajada.
     Con respecto a las cuestiones materiales, podemos exponer la inicitativa finalmente aprobada, de forma telegrafica, mediante los siguiente comentarios:
          · La inicitiva formalmente no pretende la no apliclación de la reforma laboral a la totalidad del mercado de trabajo, aunque en el debate se desliza otra idea: la inaplicación total de la norma.
          · Únicamente pretende que no se aplique en la función pública extremeña: administración y empresas públicas, después de una especie de reconvención tácita al aprobarse su proposición con los votos del PSOE que pretendía esta posibilidad.
          · Insta al Gobierno de Extremadura (antes Junta) para que no utilice los recursos que dicha norma pone en maos de las Administraciones Públicas.
          · De manera muy interesante, pretende que la Administación de "prioridad en la contratación de obras y servicios a las empresas que se comprometan con un código de buenas prácticas y responsabilidad social". 

     Ahora bien, en la práctica del debate, no aparece este objetivo tan claro, lo que quizá hubiera dado mucho juego a un pronunciamiento en este sentido en la Asamblea. Bajo ese título lo que se pretende más concretamente, y transcribimos literalmente la trasncripción del Departamento de Publicaciones de la Asamble: "Por eso, nosotros pretendemos, modestamente pretendemos que esta reforma Rajoy que profundiza, que permite arar ese barbecho más aguda y más profunda no se aplique en Extremadura. Nos parece que es perfectamente posible. Está en el ámbito de sus competencias. Es posible hacerlo. No es ninguna ley, la propuesta que hacemos, que vaya contra ninguna… con ninguna ley estatal. No. No pedimos… ni sabemos qué va a pasar en el Congreso. Tienen mayoría suficiente, con la que se le añada de otros grupos nacionalistas. Entonces, no podemos parar esa ley que se va a hacer en el Parlamento del Estado, pero sí podemos hacer que Extremadura sea una zona libre de esa nueva reforma laboral. Podemos conseguirlo. Es relativamente fácil. Basta con que la apoyemos aquí y exista el compromiso del Gobierno para hacerlo". Añadiendo más adelante, como un descargo anticipado de la conciencia: "No pedimos una rebelión de las comunidades, no, no pedimos que haya una rebelión desde el campo hacia la ciudad, como se hubiera protagonizado en otra época, no. Decimos simplemente que Extremadura sea una zona libre de esa reforma laboral, que endurece, precariza, aumenta la incertidumbre, aumenta el miedo. Y nos parece que es perfectamente posible sin provocar ningún enfrentamiento institucional, porque la ley, la ley le da un margen al empleador, le da un margen (se aplicará o no se aplicará). Nosotros queremos simplemente que no se aplique"
     Esto es otra cosa distinta. Lo que pretende el respresentate de IU es... ...lo que pretende: que la reforma laboral no se aplique en absoluto... Pero no sólo al ámbito de la Administración Pública autonómica, lo que hubiera provocado un encendido debate político y un interesante conflicto jurídico: ¿puede un parlamento ordenar la actividad del ejecutivo al punto de impedirle aplicar una ley vigente?
     Pero la verdad es que en su exposición no habla de empresas públicas o de la propia administración. Pretende, sin más, algo que sabe que no puede ser: que la Asamble tome una postura a favor de inaplicar una norma que no ha sido evacuada por el Parlamento Autonómico, y, como todo el mundo sabe, para la que no tiene competencia.
     El representante del Grupo Socialista le anticipa el voto afirmativo, aunque centra verdaderamente el debata para significar que: "Por mucho que usted se empeñe además en dar titulares de prensa y decir que pide que Extremadura sea territorio libre de reforma laboral, primero, no es eso lo que dice su iniciativa y, segundo, no es posible, usted sabe que no es posible, puesto que lo que trae hoy aquí es la no aplicación de los efectos de la norma de ese decreto de medidas urgentes en el ámbito del sector público..., pero no dice nada del sector privada, y desde luego Extremadura es mucho más que sector público"
     El representante del Grupo Popular interveniene para significar dos circunstancias. En primer lugar, que "el sindicato mayoritario en España y en Extremadura entre los funcionarios, que es CSI-CSIF, la plataforma sindical, no está en contra de la reforma laboral", y que por ello no va a votar afirmativamente la propuesta de IU. Y, en segundo lugar, que "la reforma laboral, ahora el texto provisional y más adelante el texto definitivo que se está tramitando en el Congreso, es aplicable en toda España, porque las competencias sobre la materia que se abordan en la misma son competencia exclusiva del Estado central. Si aprobamos esta propuesta no solamente estamos aprobando ponernos esa pegatina que ustedes quieren ponerse y que nosotros entendemos que es lógico de “Extremadura libre de reforma laboral” sino que además estamos pidiendo que Extremadura se declare en rebeldía".
    
     Lo llamativo del asunto es que se ha perido una buena oportunidad para favorecer un debate sobre si una determinada administración autonómica puede inaplicar la reforma laboral en su ámbito propio de competencias, y, sobre todo, si un mandato en tal sentido de la cámara autonómica legislativa correspondiente le vincula obligatoriamente.
     El claro que una determinada administración puede decidir no aplicar posibilidades que la ley conceder, realización de ERES para las Adminstraciones Públicas, por ejemplo, pero no queda tan claro que sea contrario a derecho aplicar dichos intrumentos cuando la cámara que representa la soberanía reginal le impide dicha actuación.
     Los problemas se pueden multiplicar, porque bien podría preguntarse si dicho mandato de la Cámara alcanza también a un Ayuntamiento, a una empresa pública.
     Lástima que el oscuro mundo del debate idológico (¿es una cámara como la de Mérida la que tiene que realizar dichos debates?, ¿realmente está preparada para ello y obtiene algún beneficio real haciándolo?) haya opacado un interesante debate técnico.
     Si IU hubiera planteado las cosas de manera más líneal, más corta, más directa... con menos carga ideológica, y únicamente referido a la empresa y administración pública extremeña el sentido de la votación y fallo de tal propuesta bien pudiera ser otro. La democracia parlamentaria permite este tipo de maniobras orquestales. 
     En todo caso no deja de ser una propuesta aguerrida, que podría considerarse como de Dumping Laboral... pero a la inversa. Radicalmente contrario a lo pretendido históricamente por la clase trabajadora, pero en fin... Esto es otro debate, que daría para algo más que un entretenimiento.
     Una vez más, el famoso título de la película de Michael Curtiz (1939) ha dado un tremendo juego, en este caso para uno de salón.

viernes, 6 de abril de 2012

El Gobierno recorta un 33% las subvenciones a los sindicatos en 2012


Entre sorprendido y abrumado he leido en parte de la prensa la noticia del recorte de las subvenciones a los sindicatos para el ejercicio de su función constitucional

Véanse algunos ejemplos en las páginas siguientes:

EL ECONOMÍSTA.ES
http://www.eleconomista.es/economia/noticias/3875745/04/12/2/El-Gobierno-recorta-en-un-33-las-aportaciones-a-los-sindicatos.html

EL MUNDO
http://www.elmundo.es/elmundo/2012/04/05/economia/1333610763.html

LIBERTAD DIGITAL
http://accesible.libertaddigital.com/accesible.php?pagina=noticia&cpn=1276454970


LIBRE MERCADO
http://www.libremercado.com/2012-04-05/el-gobierno-solo-recorta-un-33-las-subvenciones-a-los-sindicatos-en-2012-1276454970/

Abrumado y sorprendido porque el tono empleado para comentar la noticia bascula entre vengativo con los propios sindicatos merecedores de su propio destino, y vindicativo con el propio gobierno ("El gobierno 'solo' ha recortado") por no haber aprovechado la ocasión para castigar con más denuedo a los irreductibles sindicalistas...
En fin. Un poco lo de siempre de este país, dedicado a ajustar las cuentas "de los otros" cuando "nos toca" gobernar, en este caso.
Se aprovecha la ocasión para hacer alguna pequeña reflexión sobre el papel constitucional de los sindicatos en tiempos de crisis económica.
        - Parece razonable que los actores sociales vean reducidas las aportaciones que el Estado les proporciona para el ejercicio de su función constitucional en presupuestos restrictivos con el gasto público. No hay, en ese sentido reproche alguno al ejercicio de dicha competencia. Si la genralidad de los ministerios e institucional públicas han visto reducidos sus presupuestos pocas objeciones pueden hacerse en este sentido.
        - Del mismo modo debe afirmarse, con idéntica o mayor energía, que una privación (radical o muy significativa) a los sindicatos de los recursos económicos necesario para el ejercicio de su función constitucional supone, sin más, una lesión al derecho a la libertad sindical, en su vertiente colectiva.
        - Es muy difícili calibrar en qué porcentaje debe deducirse la aportación del estado a los sindicatos. Pero la falta de constestación sindical a dicha reducción parece significar, o bien que eran conocedores de dicha reducción, o incluso que han participado en su concreción. Sería razonable que las organizaciones sindicales hicieran público su opinión al respecto.
        - Nadie duda de que lo ideal sería de que los sindicatos tuviesen una implantación lo suficientemente extensa como para poder subvenir a sus necesidades con las cuotas de sus propios afiliados.
        - No ha habido estos años una política pública destinada a estimular la sindicación de los trabajadores, ni las aportaciones privadas a los sindicatos.
        - También es cierto que la democracia interna que proclama la CE con respecto al funcionamiento interno de los sindicatos es una mera declaración de intenciones con muy poca proyección práctica. Exactamente igual que con respecto al funcionamiento de los partidos políticos, cuya democracia interna, en unos partidos más que en otros, es meramente testimonial.
        - Sería razonable, en este sentido, que los sindicatos, especialmente los más representativos, implementasen mecanismos de transparencia en sus presupuesto.
        - Del mismo modo, hubiese sido oportuno que las propia centrales sindicales se hubiesen anticipado a la reducción finalmente concretada con algún tipo de declaración en la que estableciesen cual era su punto de vista con respecto a la reducción económica que previsiblmente experimentarían.
        - Finalmente, y como planteamiento meramente estético, me parece extraordinariamente feo, poco democrático, y muy poco elegante que la reducción presupuestaria se conociese públicamente un día después de una huelga general. Es cierto que dicha huelga estaba convocada con anterioridad, y que el Gobierno había fijado, desde hace tiempo, el día después de dicha huelga para hacer público la totalidad del presupuesto, no sólo para las organizaciones sindicales.

martes, 3 de abril de 2012

Seminario de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

El Área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Facultad de derecho de la Universidad de Extremadura, organiza los próximos 19 y 26 de abril, 10, 17 y 31 de mayo de mayo de 2012, en horario de tarde, las jornadas "Memoria histórica y legislación laboral y de protección social".


Las plazas son limitadas (al aforo del local) y se cubrirán por riguroso orden de solicitud. Se podrán formalizar hasta el día 18 de abril de 2012.
Programa:
19 de abril16:00 H.
INAUGURACIÓN
Dña. María Isabel López Martínez. Vicerrectora de Extensión Universitaria
D. Jaime Rossell Granados. Decano de la Faculta de Derecho
D. Ángel Arias Domínguez. Director de las Jornadas.
16:30-18:30 H.
Primera conferencia: EL PAPEL DEL SINDICALISMO EN LA TRANSICIÓN POLÍTICA
D. Nicolas Redondo Urbieta. Ex- Secretario General de UGT.
Presentado Por: D. Francisco Capilla Pizarro. Secretario General de UGT Extremadura.
18:30-20:30 H.
Segunda conferencia: EL MOVIMIENTO OBRERO DURANTE EL FRANQUISMO
D. Bernardo García Rodríguez. Abogado de UGT.
26 de abril
18.00-20.00 H.
Tercera conferencia: NACIONAL SINDICALISMO Y RELACIÓN DE TRABAJO
Prof. Dr. Antonio Vicente Sempere Navarro. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad Rey Juan Carlos.
10 de mayo
16.00-18.00 H.
Cuarta conferencia: LAS PENSIONES PARA LOS “NIÑOS DE LA GUERRA”.
Prof. Dr. D. Juan Gorelli Hernández. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Huelva.
18.00-20.00 H.
Quinta conferencia: EL CASO CHRYSLER ESPAÑA, PARADIGMÁTICO EJEMPLO DE REPRESIÓN LABORAL.
D. Juan José del Águila Torres. Magistrado de lo Social. Juzgado de lo Social núm. 21 de Madrid.
17 de mayo16.00-18.00 H.
Sexta conferencia: EL TRABAJO EN LA CONSTITUCIÓN DE LA II REPÚBLICA Y SUS ANTECEDENTES
Prof. Dr. H. C. Alfredo Montoya Melgar. Catedrático Emérito de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad Complutense de Madrid.
18.00-20.00 H.
Séptima conferencia: EL RECONOCIMIENTO DE PRESTACIONES SOCIALES A LAS VÍCTIMAS DE LA GUERRA CIVIL
Prof. Dr. Guillermo Rodríguez Iniesta. Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Murcia
31 de mayo
16.00-18.00 H.
Octava conferencia: LA JURISPRUDENCIA SOCIAL DURANTE LA SEGUNDA REPUBLICA
Prof. Dr. H. Antonio Martín Valverde. Magistrado Emérito Social del Tribunal Supremo y Catedrático Émerito de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
18.00-20.00 H.
Novena conferencia: LA LEY DE AMNISTÍA DE 1977 EN EL ÁMBITO LABORAL
Prof. Dr. Joaquín García Murcia. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad Complutense de Madrid.
Facultad de Derecho. Cáceres
Lugar:
Telf: 636.465.737
Más información:
Correo electrónico: acortesu@unex.es

Reflexiones sobre la Huelga General del 29 - M

La huelga general ha sido un éxito. En realidad siempre lo es, cualquier huelga triunga, porque su configuración social y jurídica está pensada para que así sea. Además, puede añadirse, que así debe ser. Porque es el ejercicio de un derecho fundamental, porque está reconocido en la CE, y porque es un mecanismo de defensa de los trabajadores, de la clase trabajadora, de todos, como dice el art. 28 CE.
Triunfa porque los sindicatos mayoritarios quieren que triunfe, porque es contra un gobierno del PP y porque es contra una reforma laboral.
Pero para qué triunfa, cuál es su éxito, en qué consiste, en qué se proyecta, en qué se concreta...
Depende, naturalmente de cuál sea el devenir de los tiempos. Ahora bien, en este caso ha sido: improductiva, y contraproducente.
Improductiva, porque la imagen que se ha dado de España en el exterior, especialmente en la UE es lamentable, nos acerca a la Grecia más conflictiva y no sitúa en un escenario de conflictividad laboral que nada tiene que ver con la realidad social española, ni con el comportamiento sindical de nuestros sindicatos, generalmente muy responsables.
Y sobre todo es contraproducente, porque la ciudadanía no puede compreder las razones y motivos de una huelga general contra una reforma articulada por Real Decreto que está siendo tramitada en el Parlamento como Proyecto de Ley.
Baste recordar, en este sentido, la ilegalidad de las huelgas políticas y de aquellas articuladas contra los poderes del Estado, entre ellos, naturalmente el parlamento.
Y si la Ley finalmente queda como está y es aprobada por una mayoría de los diputados y senadores de las Cortes Generales. Diremos también en este caso que la huelga es razonable. No. La huelga tenía que ser planteada ahora porque era la única manera en que no se considerase abiertamente ilegal, poniento el acento en la falta de acuerdo del Gobierno del PP con los sindicatos.
Pero, ¿es que las normas laborales tienen que ser pactadas con los sindicatos acaso?. No. Las normas las aprueban quien tiene la competencia constitucional para ello. ¿Puede el Gobierno plantear una huelga contra los sindicatos?. No. Es una barbaridad plantear esta hipótesis, porque no es sujeto legitimado para ello. Del mismo modo que lo es plantear una huelga contra un poder del Estado, contra el Ejecutivo, porque ejerce una de las potestades constitucionales que tiene legalmente atribuidas.
En todo caso, la huelga general ha sido un éxito. Mal nos iría si tuvíésemos que decir lo contrario. Mal nos iría si la huelga gneral hubiera sido un fracaso. Mal nos iría si una huelga planteada por las centrales sindicales más representativas del país no fuesen capaces de llevar a buen puerto una huelga general.

En los blog citados en esta página podrá el lector observar una visión algo distinta. Dos reflexiones merecen especial anteción. La del Profesor Aparicio con respecto a la deslegitimación del Gobierno del PP por la huelga general, a mi juicio un tanto excesiva. Y la del Profesor Valdés Dal-Re, especialmente brillante, en cuanto al análisis de ideología neoliberal y autoritaria que están en la base de la reforma laboral de 2012.

Sea como fuere lo cierto es que la huelga no ha conseguido su objetivo, y problablemnte no tendrá más fuste que el que se le quiera dar desde el recuerdo de un día de fiesta. La reforma laboral no va a modificarse por esta huelga general, que era su objetivo directo.